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lunes, 13 de diciembre de 2010

OBRAS POR IMPUESTOS

OBRAS POR IMPUESTOS

JESUS JIMENEZ LABAN


En una reunión entre inversores, empresarios y promotores de inversión del Estado, salieron a la luz las ventajas de la ley 29230 que contempla la modalidad de obras por impuestos.


En este encuentro todos entendieron la ventaja de tener dinero por adelantado como resultado de este mecanismo que alivia también el insuficiente presupuesto público tanto en gobiernos locales como regionales para la ejecución de sus obras.


En condiciones normales la Autoridad ejecuta obras con recursos de presupuesto público anual, pero ahora con la ley 29230 la Autoridad al asociarse empresa privada con gobiernos locales y regionales pueden tener dinero por adelantado contra futuros recursos entrantes –sea por partida presupuestal, sea por aportes de canon gasífero o minero.


Es un “win win” porque ganan todos dijeron muchos aquí: la Autoridad porque adelanta la obra; la empresa que deduce el impuesto a la renta y abarata el costo de la responsabilidad social y, por supuesto, la comunidad en su conjunto.


Para acogerse a la modalidad de pago de impuestos por obras, se requiere diseñar un perfil, presentar el proyecto dentro de estándares de SNIP pudiendo ejecutarse la obra en 60 días. El tema de control a cargo de la Contraloría tiene que ver, en esencia, con la buena asignación de recursos.


La empresa puede elegir un buen proyecto en cualquier parte de la República. Sin embargo, hay que aclarar que si la obra excede el presupuesto inicial, hay un margen de maniobrabilidad entre +10 por ciento y -10 por ciento. Si el monto de la obra excede el 30 por ciento de su presupuesto original, hay que reformular todo el proyecto, según voceros de PROINVERSION.


Para acogerse a la modalidad de obras por impuestos, la Autoridad entrega un certificado de deducción de impuesto a la renta que el beneficiario puede hacer efectivos en su totalidad o de manera fraccionada en el término de varios anos. Últimamente, según fuentes del MEF, los certificados se entregan también acreditando obra continua durante 6 meses


Sobre los alcances de la ley 292230 no está prevista ninguna modificación legal por parte del Congreso ni modificatoria de reglamento  por el Ejecutivo.


Cabe aclarar que para echar a andar el pago de impuestos con obras nadie obliga a las partes. Son ellas las que llegan por su propia voluntad a un acuerdo. En esta línea se han beneficiada empresas grandes como Telefónica, Backus, Cementos Pacasmayo y Corazao y la lista va en aumento.

8 comentarios:

  1. LA MUNICIPALIDA DISTRITAL QUIERE HACER UN CONVENIO CON LA PLUSPETROL NORTE,QUE ESTA POR DICHO DISTRITO,DEL RIO CORRIENTE..CUAL ES PRIMER PASO PARA HACER OBRAS POR IMPUESTO,PUES NOS FAVORECERIA A AMBAS INSTITUCIONES...PIDO UN COMENTARIOY/O SOPORTE... DE USTEDS,,,GRACIAS...

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    1. Fácil, la obra tiene que contar con declaratoria de viabilidad a nivel de perfil o factibilidad, el GR o GL previo acuerdo de sus concejos, priorizan dichos PIPs que serán ejecutados bajo la modalidad de OxI y se comunican a PROINVERSION. Luego el GR/GL forman una comision que se encarga del proceso de convocatoria que es rápido, ya no se cuelga en el SEACE sólo se publica en un diario de circulación regional y se da la buena pro. La empresa ganadora firma un convenio con el GR/GL y inicia la fase de EJECUCION del PIP que consiste en la elaboración del Expediente Técnico, estudios definitivos, Plan de Trabajo para el equipamiento y luego inicia la fase de EJECUCION. En ninguna etapa interviene la Controlaría porque es dinero del sector privado. Terminada la obra, una empresa supervisora verifica la obra, igual una socieda auditora que elije la Contraloría y finalmente el GR/GL dan la conformidad de la obra que finalmente es transferida al GR/GL. Luego el GR/GL solicita al MEF la emision del Certificado de inversion publica regional y local ( CIPRL) por el monto de la inversión. Este CIPRL lo utiliza la empresa que ejecutó la obra para hacer deducciones del pago en efectivo del impuesto a la renta hasta un máximo del 50% hasta completar totalmente su CIPRL por un plazo de máximo 10 años. Luego el MEF descuenta de los recursos transferidos al GR/GL un porcentaje de sus recursos determinados ( especialmente Canon y regalías) hasta completar el valor del CIPRL. OK ??
      CUALQUIER CONSULTA ESCRÍBEME A edgardcampos11@hotmail,com

      Gracias

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    2. Claro que si entra la contraloría, lee bien el proceso. Nosotros estamos realizando OxI con varias municipalidades y con todas las empresas que han desarrollado esta excelente modalidad. Ahora, en que momento interviene contraloria?. Contraloría interviene antes de que vayas a convocar a la empresa que va a financiar la obra. Esta debe manifestar su aprobación, si esta no se manifiesta en 7 días útiles entonces se debe entender que no hay problema alguno con nuestro presupuesto. Nosotros tenemos a las empresas Privadas y a muchos gobiernos locales Interesados. Cualquier consulta escribir a juancarlos.seminario@maccaferri.com.pe

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  2. LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TROMPETEROS,TIENE TIENE FORMATOS CON SUS RESPECTIVOS SNIP,EN SITUACION ACTUAL DE INVERSION PUBLICA (P.I.P)ES MOTIVO Q QUIERO AGILIZAR LAS OBRAS.....SI ES NECESARIO RESPONDE A MI CORREO ELECTRONICO.gingergo26@hotmail.com

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    1. Déjame darte una mano, exactamente donde queda tu jurisdicción?
      Escribeme a juancarlos.seminario@maccaferri.com.pe

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  3. WOW... HA PASADO UN AÑO y el tema de obras por impuesto ha trasendido y ha sido un verdadero exito. De verdad debemos mirar lo bueno que ha sido juntar a la empresa privada y a los gobiernos locales para el desarrollo de obras importantes para el pueblo. Ya no trabajo en la misma empresa. Ahora estoy en FREYSSINET - Tierra Armada. Mi correo es juancarlos.seminario@freyssinet.pe. Alli contactame. Seguimos haciendo obras por impuesto

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  4. un favor en mi municipalidad tiene para ejecutar obra por impuestos pero los regidores no quieren aprobar o firmar este convenio.
    el pueblo quieren que se ejecute esta obra por impuestos mediante pro inversión------- que puedo hacer o como puedo manejar esto.
    mi correo es gallegos.666@hotmail.com

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    1. invitame para conversar sobre el tema y convencer a tus regidores que hay mas de una forma para sacar una obra por impuesto sin tocar el Canon de tu municipalidad. Estoy en comunicación contigo.
      Escribeme a juancarlos.semimario@fta.pe o al correo juancarlos.seminario@icloud.com.

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