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viernes, 27 de noviembre de 2009

LA BOTICA DE LA ESQUINA

Jesus Jimenez Laban

Cuando un pobre se enferma, corre a la botica de la esquina. Pero, si por desgracia, la medicina es carísima, está vencida o es “bamba” (falsa), el paciente irremediablemente muere.
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En realidad, pocos saben qué tipo de remedio es el que compra (comercial, genérico, bamba o falsificado), más aun si se trata de un genérico, que según el imaginario popular es equivocadamente un medicamento que no cura como las medicinas de marca.
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Salvo algunas botiquitas y los establecimientos de salud públicos, los genéricos brillan por su ausencia – sólo el 10% del mercado- porque las grandes cadenas de farmacias y boticas darían preferencia a las medicinas más caras. En la misma línea están los médicos, odontólogos y obstetras que reemplazan al paciente en su libertad de elegir porque son ellos los que dan la receta, por lo general recomendando marcas[1]. Para que no haya abusos en la venta, bajo sanción, el médico no sólo mencionará la marca sino el nombre común del medicamento. Además, la ley lo obliga a dar la receta por duplicado, de tal forma que una copia quede en la farmacia o botica.
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La idea, por supuesto, no es impedir a los laboratorios que ejerzan sus patentes sino de velar por la salud, la vida, la economía y la seguridad de la población en un país que figura, después de Rusia, China y Corea del Sur, como uno de los países con mayor riesgo de falsificación, según el ranking de la Organización Mundial de Comercio (OMC)[2]. Lo que se ha hecho ahora que está vigente la ley Nº 29459 es incentivar el consumo de la medicina genérica y aumentar los filtros para garantizar la calidad de las medicinas que ingresan al país.
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En rigor, se busca volver atractiva la importación, la prescripción de medicinas baratas y con calidad por los médicos, incluyendo la eliminación de impuestos a los genéricos que son una alternativa de mercado a los remedios de marca que legítimamente seguirán circulando en el mercado. De acuerdo al derecho de patentes, éstas tienen una vigencia de 20 años, de manera que nadie puede copiar la fórmula y comercializar una medicina de marca. Sin embargo, el Ministro Oscar Ugarte se ha referido a una excepción que contempla la Organización Mundial del Comercio (OMC- Ronda de Doha)[3]. Se quiere que las medicinas estén al alcance de todos para la salud popular.
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La certificación y el registro sanitarios serán más rigurosos tanto en los laboratorios locales como extranjeros. Hasta antes de la vigencia de esta norma, bastaba una simple declaración jurada para que la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID) diera fe de calidad al medicamento. Ahora se pide información científica y la evaluación estará a cargo del Ministerio de Salud (MINSA).
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Acceso y uso racional de productos farmacéuticos, el proceso de calidad, medidas de seguridad, fármaco vigilancia e infracciones y sanciones son entre otros los contenidos de esta ley, que prohíbe el funcionamiento de una farmacia sin previa autorización sanitaria y que da al químico farmacéutico un súper poder en la dirección técnica, el mismo que será el responsable de las buenas prácticas de manufactura, el control de calidad y la conservación adecuada de medicamentos[4].
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Sin embargo, los medicamentos serían evaluados de manera progresiva cuando se renueve el registro sanitario porque ninguna ley es retroactiva. Podría haber un cuello de botella si el personal de la Digemid no está debidamente capacitado para otorgar en un plazo razonable la certificación de calidad y el registro sanitario, teniendo en cuenta la cantidad de farmacias y boticas que tienen dominio del mercado en una industria altamente fraccionada[5].
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Además, el paciente no elige el medicamente genérico sino el galeno por lo que no está claro cómo el Estado incentivará su receta y cómo se logrará su comercialización abierta en las farmacias. ¿Qué estímulos se crearán para que las empresas comercialicen genéricos? ¿Funcionan las asociaciones público-privadas? Se ha dicho que la largamente esperada ley de la medicina genérica ya está en vigencia, de manera que lo que falta es que la ciudadanía asuma su rol en una nueva cultura del reclamo.
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[1] Oscar Ugarte, Ministro de Salud, Comentario a la ley Nº 29459
[2] Comisión de Salud, Congreso de la República
[3] En noviembre de 2009 el presidente ecuatoriano Rafael Correa, saludado por la Unión de Naciones Sudamericanas (UNASUR), concedió licencias obligatorias sobre las patentes de mercados para garantizar el acceso de medicamentos a las grandes mayorías para atender sus enfermedades más frecuentes.


[4] Ley Nº 29459, Diario Oficial El Peruano, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios
[5] PPK, Diálogos con PPK, RPP, Noviembre 2009

miércoles, 25 de marzo de 2009

PERU NO DEBERIA ACEPTAR MAS TIEMPO EN DATOS DE PRUEBA Y PATENTES



DATOS DE PRUEBA Y PATENTES
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Lima es sede de la II Ronda de Negociaciones con miras al tratado de libre entre comercio entre la Unión Europea los y representantes andinos de Colombia, Ecuador y Peru, teniendo previsto que sesionen las mesas de Acceso a Mercados, Fortalecimiento de Capacidades Comerciales, Comercio y Desarrollo Sostenible, Competencia, Solución de Diferencias, Asuntos Horizontales e Institucionales, Reglas de Origen, Medidas Sanitarias y Fitosanitarias y Servicios e Inversiones.
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De todas ellas, las que tomaran mayor tiempo de negociación –uno cinco días- son las mesas de Reglas de Origen; Servicios, Establecimientos y Movimiento de Capitales; Propiedad Intelectual y Solución de Diferencias.
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El punto sensible será la mesa de Propiedad Intelectual puesto que se proyecta como una de las más sensibles en las negociaciones, debido a la demanda de los europeos la Unión Europea en materia de propiedad intelectual supone niveles de protección mayores a los que Perú aceptó con Estados Unidos, incluso superiores a los que existen dentro del bloque europeo. También contempla extender los plazos para patentes y protección de datos de prueba.
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Todos sabemos que resultará complicado negociar un tratado de libre comercio entre la Unión Europea y tres de los cuatro países de la Comunidad Andina de Naciones (Colombia, Ecuador y Peru). Lo que se busca con este acuerdo es un horizonte para que las inversiones se instalen en Perú en el largo plazo, cosa que no puede hacer el Sistema Generalizado de Preferencias –similar al ATPDEA- que permite arancel “0”, pero no estable en el tiempo. Lo que se busca, en esencia, es que el inversionista venga con maquinarias e insumos industriales porque desde el Perú se podrá exportar hacia Estados Unidos, China y la misma Unión Europea.
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Sin embargo, resulta iluso pensar que la Unión Europea –como Japón y Estados Unidos- renunciarán a los subsidios agrícolas, en tanto no se tome en serio la situación en la ronda de negociaciones de Doha. Para los inversionistas europeos es muy fácil salir e invertir bananos en Africa y beneficiarse de los subsidios frente a la oferta exportable de dos potencias bananeras de la región, Ecuador y Colombia.
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Otro tema de fondo son los plazos de los datos de prueba y las patentes. La Unión Europea quiere tiempos más largos que los alcanzados por Peru con Estados Unidos en su tratado comercial. Como se sabe, durante ese tiempo nadie existe un monopolio que va contra la salud de los usuarios. El monopolio consiste en que nadie puede comercializar un producto durante el tiempo de prohibición; por lo tanto, nadie puede fabricar genéricos, medicinas más baratas en un 50 por ciento promedio para la población.
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Los datos de prueba es la información que se alcanza luego de la investigación científica de un producto en tanto que las patentes son los procesos o la fórmula para elaborar un producto. Todo junto es lo que se denomina la propiedad intelectual.