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sábado, 11 de agosto de 2012

CAMBIOS QUE SE VIENEN: ¿QUE ES LO QUE ESTA PASANDO EN EL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES?


CAMBIOS QUE SE VIENEN: ¿QUE ES LO QUE ESTA PASANDO EN EL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES?

JESUS JIMENEZ LABAN

Viendo las cosas de manera cerebral, el destino de un hombre es nacer, desarrollarse y morir, sin excepciones. Es la ley de reloj biológico. De manera que cuando llega el ocaso, este ser humano corre tres riesgos, el de invalidez, sobrevivencia y muerte. 

En un país con mayoritaria población desacostumbrada a la seguridad social en materia de pensiones, aumentar la cobertura y cubrir de manera prioritaria estos riesgos es un propósito humanitario e impostergable, con alto contenido social. Hay un défict de cobertura de 30%, segun fuentes del Congreso.

Esto quiere decir, por lo antes dicho, es una prioridad el desarrollo y fortalecimiento de la seguridad social en el área de pensiones a efectos de otorgar protección ante los riesgos de vejez, invalidez y fallecimiento.

Creada mediante Ley N° 25967, - modificada por el D.L. N° 26323 del 02.06.94-, la Oficina de Normalización Previsional - ONP, perteneciene al MEF, que administra varios sistemas de pensiones (D.L. 19990 y otros), es aun insuficiente para una cobertura integral en el Perú con una población estimada en 30´ 13.000 habitantes

Por ejemplo, en materia de aportantes (obligatorios y facultativos) al SNP 19990, reciente estadística muestra que el numeroha subido de 558.144 en el año 1995 a 1´303.569 en el 2012. Aun así el déficit es tremedo. El sistema público no alcanza a cubrir a todos.

Para cubrir el resto de pensionistas presentes y futuros futuros fueron creadas cuatro AFP en Perú y ya se habla de la número cinco. 

Como se sabe, en el año 1992 mediante Decreto Ley 25897 fue creado el Sistema Privado de Pensiones (SPP) en base a los aportes de las cuentas individuales de de capitalización de los trabajadores. Hoy en día son más de cuatro millones los afiliados a las AFP en Perú. 
El valor del Fondo privado SPP supera en la actualidad los S/.80,000 millones, equivalente al 18% del PBI y el 87% del ahorro interno.
Este año 2012 se ha dado una ley de reforma del sistema muy importante que resumiendo marca una linea divisoria en el ayer y hoy. 
En esencia, según opiniones de legisladores que defendieron la reforma, la reforma apunta a generar más competencia en el sistema, reducir las comisiones y que mas AFP ingresen al Perú. 
Quiere esto decir que con la vieja ley se descontaba una comisión (1.9 del sueldo) que venía incluida en el 12,8% del sueldo
del trabajador (10% Fondo, 1.9% AFP y 0.9% prima) para hacer el fondo de jubilación. 

Con la nueva ley, el cobro de una comisión es por saldo, lo que se hará en un período de ajuste. Quiere esto decir que, aun cuando el empleado pierda el empleo, la AFP le seguiría descontando una comisión de su saldo, según las fuentes consultadas. 

Esto ha motivado, entre otros factores, la presentación de varias acciones de inconsticionalidad que apuntan a la derogatoria de la nueva ley de reforma del Sistema Privado de Pensiones (Ley Nº 29903) porque, según las demandas, violarían "el derecho a la intangibilidad de los fondos de pensiones, de libre elección al acceso a las prestaciones pensionarias, libertad de contratación y en la afectación al derecho de los aportantes, quienes verán recortados sus aportes por el doble cobro de comisiones que van a efectuar las AFP y por la centralización de los procesos operativos".

Estan en camino tres demandas, la de AP Y PPC, Fuerza 2011 y la Asociación de Afiliados de las AFP.

Pero el ministro Luis Castilla ha dicho que "el fondo y la administración del mismo son intangibles y eso no cambia por el cobro por saldo. Cualquier cobro que se haga es para garantizar el pago de la pensión". 

Vale recordar que la norma en mención crea "paquetes de nuevos afiliados" que participarán en licitaciones bianuales para que los afiliados pasen obligatoriamente a las AFP que cobren menos comisión. 

Quiere esto decir que las AFP se "pelearán" por un "bolsón" de 300 mil o más afiliados, algo que para unos es parte de la libre competencia que puede beneficiar al usuario, pero otros una afectación a la libertad de contratación consagrada en la Constitución. 

La norma distinguen claramente varios aspectos que tienen que ver con la edad, el monto del aporte y la cobertura y el blindaje del Estado. Siendo así, con esta ley la afiliación es obligatoria (sea AFP u ONP) hasta antes de los 40 años. 

Después de esa edad, es facultativo, siendo un requisito para entrar al sistema estar afiliado en una AFP. 

Queda claro que con esta nomra, se descontará la tasa de aporte obligatorio a todo aquel que tenga un ingreso mayor a 1.5 la remuneración mínima (que es lo mismo decir S/. 1250 nuevos soles), incluso se faculta al empleador a retener ese monto el dia del pago de la renta de cuarta y/quinta categoría (Ley del Impuesto a la Renta). 

Con esta modalidad ingresarán al sistema 1.3 millones de trabajadores de micro y pequeñas empresas (Mypes), en tanto el Estado hará un subsidio de S/. 400 millones (Eso está tambien en la Ley Mypes).

Dentro de este contexto, se mantiene la figura la jubilación anticipada, pero parece más difícil la acreditación con documentos. 

Con el regimen anterior, la jubilación anticipada se lograba con solo acreditar seis meses de desempleo y tener 50 años las mujeres y 55, los hombres (esto seguirá vigente hasta el 31 de diciembre de 2013).

Pero con la nueva legislación ésta procede siempre y cuando el futuro pensionista reciba el equivalente o superior al 40 por ciento promedio de su remuneraciones percibidas durante los ultimos 120 meses. 

La ley de reforma de pensiones fue publicida el 19 de Julio 2012, debiendo transcurrir 120dias, a partir de su publicación, para la primera licitación antes del 31 de diciembre, previa aprobación del reglamento correspondiente. 

Con este telon de fondo, la ley facilita la promoción del sistema de pensiones. Y es que muy pocos conocen sus derechos ni pueden calcular cuánto les toca como pension al momento de jubilarse. 

Se espera que ésta sea una gran reforma, pero es indudable que el mercado de las AFP -un fondo de US$ 30.000 millones- está controlado por los bancos más poderosos del país, fuerzas que podrían neutralizar la pretensión de una quinta AFP en el mercado. 

El sistema está operado por cuatro AFP y puja por entrar la numero cinco. 

Y parece que lo que se escuchará con insistencia es el articulo 11 de ls Constitución Política que dice "el Estado garantiza el ligre acceso a prestaciones de salud y a pensiones, a través de entidades públicas, privadas o mixtas", junto el articulo 12 del mismo texto constitucional, "los fondos y las reservas de la seguridad social son intangibles". 

Analistas no están muy convencidos que una acción de inconstitucionalidad prospere contra la normativa aprobada por la presente Administración, pero podria haber sorpresas en la letra chica del reglamento. Hay que estar pendientes de la respuesta del Tribunal Constitucional ante la demanda. Sea como fuere, la maquinaria pensionaria se echa andar sobre nuevos rieles a partir de 2013. Y se espera, por supuesto, la optimización del sistema.

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