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martes, 13 de enero de 2009

COMISIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL DEROGA NORMA INCONSTITUCIONAL QUE OBLIGA A LOS TRABAJADORES A ACREDITAR APORTES DE PENSIONES

También se señalan documentos validos para acreditar pensiones

Propuesta aprobada resolverá el problema de miles de trabajadores.- El congresista Yonhy Lescano Ancieta, declaró que la Comisión de Seguridad Social aprobó el Proyecto de Ley Nro. 2763/2008-CR, presentado por la Bancada Alianza Parlamentaria, en el sentido de restituir la vigencia del artículo 70º del Decreto Ley 19990 que sólo obligaba al trabajador a demostrar el tiempo de servicios para percibir una pensión, y que el empleador acredite los aportes para las pensiones que debe percibir el trabajador; en tanto y en cuento es el empleador quien retiene el monto del aporte y lo debe entregar al Estado.
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El parlamentario refirió que la modificación se ha efectuado conforme a las normas constitucionales, ya que la Carta Magna establece en su artículo 11º que el Estado garantiza el libre acceso a las pensiones; en ese sentido, no debía perjudicarse a los pensionistas por una obligación que no les compete directamente.
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Con relación a los documentos que servirán como prueba de los años de aportación, la Comisión aprobó que los certificados de trabajo, los reportes de ORCINEA, entre otros, serán aceptados por la ONP, entidad que en la actualidad restringe la acreditación de los años de aportación a la entrega del libro de planillas, afectando los derechos de los pensionistas.

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