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martes, 17 de agosto de 2010

Cuándo y cómo se aplican

DETRÁS DE LAS NUEVAS MULTAS DE TRANSITO
JESUS JIMENEZ LABAN

No respetar las reglas transito supone multas que van de 18 soles a 108 soles La policía impondrá papeletas que deberán ser firmadas por los malos transeúntes.  A falta de DNI, bastará la huella digital.   Si son datos falsos, SAT iniciaría acciones administrativas y penales.  La norma contempla la redención de la sanción sólo cuando en una primera vez el peatón asiste a un curso de educación vial.

Todo esto está contenido en el Decreto Supremo O40-2010 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) que modifica el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Transito (Código de Transito)  y el Reglamento Nacional de las Licencias de Conducir, imponiendo nuevas sanciones a los peatones imprudentes y temerarios.

Obviamente, tales sanciones no son para menores de edad a quienes sólo se les impondrá una papeleta educativa.  El problema es que cualquier persona podrá denunciar a un peatón –en un plazo de 48 horas- teniendo un video o foto del infractor, ¿pero cómo podrá identificarlo con nombres y apellidos completos  la Dirección de Transito que recibe la denuncia?, se preguntan muchos.  O en el caso de los indocumentados, qué habrá que hacer para saber la verdadera identidad y evitar pérdidas de tiempo por datos falsos.  Claro, el punto de partida es la huella dactilar, pero esto aún podría tomar tiempo.  Si la Administración Tributaria Municipal descubre que son datos falsos, la norma contempla que podrán iniciar acciones administrativas y hasta penales, lo cual generaría un problema logístico.

Las multas no se aplicarán de golpe.  Como redención de una primera multa, el peatón llevará por dos días un curso de educación vial, siempre y cuando éste se dictara antes de la ejecución coactiva.   En una segunda sanción, la compensación consiste en servicios comunitarios a favor de la educación y de la seguridad vial (orientación a escolares, apoyo en cruces peatonales y reparto de volantes de transito). Ahora bien, si en una reincidencia el peatón no quisiera pagar la multa, la norma faculta a privarlo del trámite de un brevete o de su revalidación y de hacerlo figurar por dos años en Infocorp, mancha de su historial crediticio que le impediría acceder a un préstamo bancario o postular a un trabajo.

Por supuesto, cada país responde de manera acorde a su realidad en materia de tránsito.   Así, por ejemplo, en España las líneas  de tránsito de las pistas se convierten en mensajes con letras grandes, en tanto que en argentina la sanción es impedimento de salida del país.   En Colombia cambios como estos han venido acompañados por una intensa campaña mediática por lo que se espera concientizar a la población sobre estas medidas hasta su puesta en vigencia a mediados de noviembre de 2010.  

El propio peso de la estadística de muerte por accidentes peatonales, justifica esta medida, aunque sea discutible su implementación en la realidad.  Vale recordar que la División de Policía de Tránsito (DIVPOLTRAN) revela que en lo que va del año se han registrado 337  accidentes provocados por peatones imprudentes dejando un saldo trágico de 351 muertos. 

Endurecen reglamentos de transito de y de Licencias de Conducir

CAMBIO DE ACTITUD EN DEFENSA DE LA VIDA Y DE LA SEGURIDAD
JESUS JIMENEZ LABAN

Por medio del Decreto Supremo O40-2010 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC)que modifica el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Transito (Código de Transito)  y el Reglamento Nacional de las Licencias de Conducir, cuyas nuevas multas mediante papeletas se impondrán a los peatones infractores dentro de 90 días, vale decir,  desde mediados de Noviembre de 2010. 

De manera que no respetar las reglas transito supone multas que van de 18 soles a 108 soles La policía impondrá papeletas que deberán ser firmadas por los malos transeúntes.  A falta de DNI, bastará la huella digital.   Si son datos falsos, SAT iniciaría acciones administrativas y penales.  La norma contempla la redención de la sanción sólo cuando una primera vez el peatón asiste a un curso de educación vial.

El propio peso de la estadística de muerte por accidentes peatonales, justifica esta medida, aunque sea discutible su implementación en la realidad.

Es, pues,  infracción muy grave cruzar de manera imprudente y temeraria una calzada bajo el efecto de alcohol y drogas por lo que el peatón debe pagar una multa peatonal de 108 nuevos soles (3% UIT).  , la más alta en la escala de sanciones.  Aunque se paga una multa menor de 72 nuevos soles (2%UIT), no menos graves son estas infracciones tales como cruzar la calle sin usar puentes peatonales, o cruzar por delante un vehículo detenido cuando no existe derecho al pase o no respetar las señales de tránsito.

El motivo de esta medida –endurecimiento del Código de Tránsito y del Reglamento de Licencias de Conducir- es evitar más muertes.  Ese es el tema de fondo.  Un argumento casi irrebatible.   Sin embargo, la gran pregunta es  cómo se va implementar esta reforma  sin corrupción?

Quizás un argumento es que la multa muy alta para un ciudadano que tiene como ingresos mensuales 500 nuevos soles, sobre todo si se tiene en cuenta que  son los más humildes, por falta de educación cívica y prudencia,  los más proclives a incurrir en faltas graves.

Lamentablemente, las pistas están ahí teñidas de sangre por tolerancia ante estas infracciones, cosa que amerita acción urgente.   De ahí que parece razonable que nadie puede estar en desacuerdo en sancionar faltas como éstas.  De hacerlo, significaría un peligro para los ciudadanos porque la autoridad sería blanda en la aplicación de la ley que persigue evitar muertes, heridos e inválidos.

El derecho a la vida es un bien jurídico supremo tutelado por la Constitución y las leyes.   Tener en cuenta la vida de los peatones es generar condiciones de bienestar y seguridad en una sociedad marcada por los accidentes de tránsito y saldos trágicos con peatones.

Existen otras infracciones graves –harto frecuentes en la vida diaria- que serán multadas con 27 nuevos soles (0.75% UIT) si el peatón sube o baja de un carro en movimiento, ingresa o sale repentinamente de la calzada para intentar detener un vehículos.

Aunque es grave ir sujeto a una parte de auto en marcha, transitar al borde de la calzada poniendo en riesgo ser atropellado o bajar por el lado izquierdo de un vehículo, la autoridad ha preferido reducir la multa a 18 nuevos soles (0.5% UIT) poniendo en el papel estas faltas como infracciones leves.