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viernes, 20 de julio de 2012

PARA CONOCER LA ANATOMIA DE LA NUEVA REFORMA DE PENSIONES EN PERU Y SABER DONDE ESTAN LOS AJUSTES LEGALES:


PARA CONOCER LA ANATOMIA DE LA NUEVA REFORMA DE PENSIONES EN PERU Y SABER DONDE ESTAN LOS AJUSTES LEGALES:
JESUS JIMENEZ LABAN

La nueva Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones para fortalecer la seguridad social de todos los trabajadores entrará en vigencia 120 días después que se publique el reglamento.
La norma, que fue aprobada por estrecha mayoría en el Congreso, ha generado opiniones divididas en el sector privado y fue enviado como proyecto por el Ministerio de Economía y Finanzas, según analistas internacionales.
Quizás, uno de los temas clave sea la administración de las cuentas individuales de capitalización de los aportes obligatorios. La nueva ley dispone que previa licitación la AFP que cobre una menor comisión a sus afiliados será la que administre esas cuentas.
Según la ley, es la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP la encargada de la licitación para administración de las cuentas. Como se ha dicho, la menor comisión es la que gana. La buena pro y la adjudicación será otorgada a la AFP ganadora por 24 meses.
Dada la ley, se espera el reglamento. Parece que será pronto porque la norma contempla el 31 de diciembre de 2012 como fecha limite para la primera licitación y adjudicación.
La única forma de entrar al Sistema Privado de Pensiones, segun ley, es a través de una AFP. Cualquier afiliado, sea dependiente de una empresa, independiente como profesional ó potestativo que puede ser el caso de otras personas, la afiliación es voluntaria y es con la AFP que ofrezca a los trabajadores la menor comisión.
La distribución de los aportes de los futuros pensionistas es más o menos así. Del 10 por ciento de la remuneración asegurable que se destina a una cuenta individual de capitalización, un porcentaje de ella irá a prestaciones de invalidez, sobrevivencia y sepelios y el monto que cobre cada AFP por sus servicios.
Otro punto es que se suman nuevas empresas al Sistema Privado de Pensiones (SPP). Se trata -y lo dice el artículo 1 de la nueva ley 29903-de empresas de seguros vinculados a prestaciones, asi como entidades o instancias que tienen que ver con los fondos de pensiones (procesos operativos para la administración)
La ley añade que es obligatorio para cualquier AFP ofrecer a sus afiliados prestaciones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio.
Seguramente, muchos futuros pensionistas están buscando más información. Hay que decir que la nueva norma persigue también la ampliación de la cobertura privada hacia el sector andino, según reportes internacionales.
La nueva reforma pensionaria privada contempla contribuciones de trabajadores independientes que tienen ingresos mensuales mayores a 1.5 veces la remuneración mínima. Y, ojo, la ley crea la obligacion en el empleador de retener estos aportes. Se espera un decreto supremo para regular dicho aporte voluntario gradual.
Además, regula la afiliación obligatoria de los trabajadores menores de 40 años . La obligacion es para elegir o una AFP o la ONP, teniendo como plazo maximo la fecha de la renta de cuarta y quinta categoria regulada por la Ley del Impuesto a la Renta. Si no lo hiciera, corre por cuenta del empleador hacerlo.
Arriba de esa edad -trabajadores independientes mayores de 40 años- sera voluntaria.
Con la norma, la vigencia de la jubilación anticipada se ha prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2013.
Para que este tipo de jubilación proceda, la jubilación anticipada, el afiliado debe obtener una pensión igual o superior al 40 por ciento del promedio de la remuneración. Debe exhibir también rentas declaradas durante los últimos 120 meses, es decir, 10 años.
El Sistema Privado de Pensiones, que incluye los fondos, fue fundado en 1993. De entonces a la actualidad se han afiliado alrededor de 5 millones de personas.
El sistema peruano está compuesto por cuatro AFP
AFP Horizonte SA (HORIZC1.VL), cuyos propietaros son principalmente Holding Continental and Banco Bilbao Vizcaya de España.
Argentaria SA (BBVA, BBVA.MC); AFP Integra SA (INTEGRC1.VL), que tiene entre sus socios al Grupo colombiano de Inversiones Suramericana SA (GIVSY, GRUPOSURA.BO);
AFP Profuturo, que tiene como prinicipal accionista al Banco Nova Scotia (BNS, BNS.T);
Prima AFP,que es controlada por Credicorp Ltd. (BAP, BAP.VL).

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