EJECUTIVO REGLAMENTA SEGUROS MEDICOS Y SEÑALA CORRECTIVOS CONTRA CLAUSULAS ABUSIVAS CONTRA PACIENTES ASEGURADOS
JESUS JIMENEZ LABAN
Nadie esta libre de un imprevisto, un mal momento o un mal paso. En cualquier caso, siempre es mejor estar protegido o cubierto
contra todo mal, por lo menos en lo que se pueda con las pólizas de seguros médicos.
Esto a proposito de la publicacion del reglamento (DS Nº 174-2012-EF) de la Ley Ley Nº 29878, sobre seguros médicos, de salud o de asistencia médica que cubre todo un espectro, desde seguros adquiridos en forma individual o empresas (los colectivos).
Esto siempre y cuando hayan sido renovadas sus pólizas de manera sucesiva o ininterrumpida en los últimos cinco años.
Con este instrumento legal, queda claro que el asegurado podra renovar su contrato. En ningun caso se podra renovar contratos por debajo de las coberturas ya pactadas anteriormente, es decir, no le pueden quitar beneficios al asegurado .
Si alguien se descolgara de un contrato colectivo (seguro empresarial para trabajadores), puede tomar uno individual bajo las mismas condiciones del colectivo. La noma da 120 días de plazo para contratar el cambio de póliza colectiva a individual.
Los beneficios incluyen al titular y a los dependientes, siempre y cuando éstos hubieran estado comprendidos en la póliza antigua y cumplan el requisito de edad.
Si se aumentara el importe de la prima, lo que paga por el seguro, debe tenerse en cuenta (inflacion, costo de vida, tarifarios de clinicas entre otros criterios técnicos).
Si hubiera alguna cláusula abusiva en estas pólizas, la autoridad llamada a fiscalizar y prohibir es la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS)
Ojala el remedio no sea peor que la enfermedad
No hay comentarios:
Publicar un comentario