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sábado, 4 de mayo de 2013

LIBROS DE COSTOS: SUNAT Y TRIBUNAL INTERPRETAN NORMA TRIBUTARIA Y ES MEJOR HACER CASO


LIBROS DE COSTOS: SUNAT Y TRIBUNAL INTERPRETAN NORMA TRIBUTARIA Y ES MEJOR HACER CASO

JESUS JIMENEZ LABAN

¿Tiene usted empresa? ¿Es la suya una de servicios? ¿Ha tenido el año pasado ingresos superiores a 1500 UIT? ¿Se siente exonerado de la obligación de llevbar registro de costos?

Ya no piense así. Está desde ahora incluido en la obligación de tener ese registro. Esto debido a que la Sunat habia hecho una interpretación en ese sentido, presentar registro de costos. Pero ahora el Tribunal Fiscal ha ratificado ese criterio.

Así que si no quiere pagar una multa de 25 UIT, más o menos, 92500 nuevos soles, haga caso. 

Varios abogados se han juntado para analizar el tema. Todos creen que hay argumentos para reclamar, pero eso saldrá infundado. Al final concluyen que es mejor acatar la interpretacion de la Sunat y el Tribunal Fiscal. 

Lea mejor el articulo 62 de la Ley del Impuesto a la Renta y del articulo 35 de su reglamento para saber a qué se refieren.

Registro de costos es para quienes brinden servicios y para las empresas productivas. Escúchelo bien.

Es mejor tener el libro de costos, legalizado y lleno y no pagar tremenda multa al momento de tener una auditoria fiscal. Ya no le dirán que no ha cumplido con su deber, comentan los especialistas tributaristas. Por lo menos tendrá una multa menor por legalización extemporánea, unas 12 UIT

No se olvide que en Octubre estará lista la informacion de registro de ventas e ingresos al sistema electrónico de la Sunat. Los registros estarán minuciosamente chequeados y es mejor adaptarse al sistema.

Piense siempre lo mejor, sea positivo, pero prepárese también para lo peor. Suerte amigo.

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