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sábado, 24 de julio de 2010

Más allá de la minuta y la escritur

¿DÓNDE LA EMPIEZA LA VIDA DE UNA SOCIEDAD?
JESUS JIMENEZ LABAN

La principal columna de un negocio es el objeto social, según varias opiniones.  Ahí se enciende la chispa de la vida de la compañía.  El objeto social es, en esencia, la idea del éxito, vale decir, a lo que se va a dedicar la empresa, cosa que debe ser explicada de manera clara, detallada, precisa, lícita y posible.   Aquellos actos que van más allá del objeto social se denomina “ultra vires”.

Un punto de partida del negocio –para hacer realidad el objeto social- es la escritura inscrita en registros públicos.  Y es que la existencia de una compañía depende de su inscripción en registros públicos.  Hay que distinguir dos cosas y son estas.   La minuta, que comprende el pacto social y los estatutos, en tanto que la Escritura pasa por la instrucción, la minuta, insertos, conclusión, partes registrales e inscripción. 

Si alguien redacta estos documentos y los guarda en la gaveta es como negarle la partida de nacimiento a una persona o negarle la  paternidad.  Tener personería jurídica es permitir el inicio legal de la existencia de una compañía, sobre la base de estos documentos inscritos en registros.

Ahora bien, cambiando de tema, en el Pacto Social figuran los fundadores –persona natural o jurídica vías su representantes;  la manifestación de querer formar la sociedad, el capital social, los aportes que hacen los fundadores o representantes  y el nombramiento de los administradores.  Puede proceder la nulidad del pacto social cuando falta voluntad suficiente o consentimiento entre los socios,  el objeto es contrario a la ley,  las buenas costumbres y el orden público o cuando se ha omitido la forma.

Vale recordar la importancia del pacto social, los estatutos y el reglamento.  En el Pacto Social figuran los fundadores –persona natural o jurídica vías su representantes;  la manifestación de querer formar la sociedad, el capital social, los aportes que hacen los fundadores o representantes  y el nombramiento de los administradores.  Puede proceder la nulidad del pacto social cuando hay falta de voluntad suficiente o consentimiento entre los socios,  el objeto es contrario a la ley,  las buenas costumbres y el orden público o cuando se ha omitido la forma.

En tanto, los estatutos unidos a un reglamento interno que integran a su texto los estatutos, nombre, domicilio, duración de la sociedad.  Asimismo, objeto, capacidad social, órganos de la sociedad.  Y, por último, requisitos de modificación del pacto social y estatutos, normas de organización y de funciones, así como norma para distribución de utilidades.

Otro tema, no menos importante, es el referido al patrimonio.   El patrimonio social, que está constituido por los activos, pasivos y patrimonio empresarial, incluyendo la credibilidad, nombre, tecnología wireless, intangibles que no se pueden ver ni tocar.

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