CUANDO SE DECIDE FORMAR LA EMPRESA
JESUS JIMENEZ LABAN
Formar una empresa es pensar en las necesidades del cliente. Estar en el futuro y traer la idea desde ahí al presente. Por lo que se necesita es comunicar y comunicar lo que uno vende y seguir al cliente porque éste cambia de gustos,modas y tendencias, cosa que ha significado a unos el éxito y a otro un ruidoso fracaso.
Desde que se forma la empresa –cumplido el requisito de la minuta- nace la obligación de hacer un aporte de capital –dinero, bienes o servicios- y surge el plazo perentorio para registrar la compañía en el sistema registral, vale decir, en los Registros Públicos.
Desde que se forma la empresa –cumplido el requisito de la minuta- nace la obligación de hacer un aporte de capital –dinero, bienes o servicios- y surge el plazo perentorio para registrar la compañía en el sistema registral, vale decir, en los Registros Públicos.
La minuta –que comprende el pacto social y los estatutos- - debe ser elevada a escritura pública a los ojos de un notario público. Es este abogado –que certificando la legalidad del acto jurídico de crear una empresa- envía los partes a los registros públicos para asegurar la existencia real de la empresa. Sin escritura pública, instrucción, minuta, insertos, conclusión, partes registrales e inscripción, ninguna empresa existe a los ojos de la ley.
Para estos efectos, por supuesto, se habrá abierto una cuenta corriente en el banco de preferencia del fundador de la compañía y obtenido copia de la inscripción en el registro de contribuyentes que otorga la autoridad tributaria en cualquier punto del país. Sin estos documentos probatorios de que la nueva empresa ha ingresado al circuito financiero-tributario, no es posible avanzar en la tramitología dentro de los muros de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos.
Aunque tendrán en algún momento que regularizar su situación jurídica, existen empresas informales de larga data que sobrevive fuera del circuito tributario y bancario lo cual está bajo el ojo vigilante de la autoridad. Además de ser contrario a la norma, no es rentable para un empresario la informalidad, sobre todo cuando la formalidad supone acceso a dinero barato, protección legal y nuevas oportunidades, especialmente en el marco de los nuevos acuerdos comerciales que ha suscrito el Perú con países industrializados. Más tarde o más temprano, tendrá necesidad de formalizarse para no morir por cuanto los negocios tienden a ser volumen, precio competitivo, calidad y tecnología de avanzada y para alcanzar este estándar se necesita estar en la formalidad.
No existe un negocio que se haga de la noche a la mañana. Claro, el papel aguanta todo. Vale recordar que es un proceso que toma tiempo y requiere de calma y persistencia entre el diseño del proyecto, el plan de negocios, la creación del producto, el estudio de marketing, uso de infraestructura y tecnología, acceso a recursos financieros, venta por el consumidor en el mercado y recuperación de inversión.
Las cosas demoran en cuajar por lo que bueno no debe perder de vista temas fundamentales en el negocio, tales como estar siempre alerta y activo al manejo del dinero, la organización, el funcionamiento, la estructura de la compañía, pero también preparado para lo peor en una liquidación, disolución y extinción de la misma.
Probablemente, una empresa individual no genere tantas complicaciones por existir sólo un único propietario que se preocupa en sacar adelante su negocio. Los problemas se complican cuando existe una concurrencia de voluntades, sobre todo cuando hay aporte de capital de diferentes accionistas –unos más, otros menos-, algo que requiere de una organización inteligente en la que no decida uno por su propia voluntad sino que las decisiones en la compañía se tomen por consenso.
Por esto existe una Junta General de Accionistas, un Directorio nombrado por ésta, de manera que un director no es necesariamente un accionista. Por ello mismo, se nombra a un gerente general, que se convierte en el representante legal, es decir, el que saca la cara por los demás en derechos y obligaciones frente a terceros.
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